Absoluta, total con 65 años o parcial derivada del régimen de accidentes de trabajo: de 966,20 euros mensuales (13.526,80 euros anuales) para personas con cónyuge a cargo, de 783,10 euros
Lacuantía de la pensión de orfandad sube al 20 % de la base reguladora del causante. También, debemos acudir al art. 175 de la Ley General de la Seguridad Social a cuyo tenor, para admitir este derecho de pensión, la incapacidad ha de ser permanente y absoluta e inhabilitar completamente para toda profesión u oficio.
Parapoder cobrar la orfandad absoluta, es necesario cumplir una serie de requisitos establecidos por la ley. En primer lugar, el beneficiario debe tener menos de 21 años, o menos de 25 años si está estudiando. También se puede tener derecho a esta prestación si se tiene alguna discapacidad reconocida o se está incapacitado para trabajar.
Alos trabajadores afectados por una discapacidad en un grado igual o superior al 65% que, por haber tenido la condición de mutualista en cualquier mutualidad de trabajadores por cuenta ajena en el día 1-1-1967 o en otra fecha anterior, tengan derecho, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria tercera.1.2ª del texto refundido de la
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Nuevaprestación de orfandad prevista para los casos en los que, por ausencia o insuficiente cotización de la madre fallecida como consecuencia de violencia contra la mujer, los huérfanos absolutos no tuvieran derecho a pensión de orfandad. Para estos supuestos la prestación se calcula aplicando un porcentaje fijo (20% con carácter
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| Ушуልосл еνюձюжуλиሚ | Օጡиηուςω οкт ዕαзեхраζ |
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Encasos de orfandad absoluta (ninguno de los progenitores vive) o si el huérfano tiene una discapacidad igual o superior al 33%, podrá acceder a la pensión de orfandad si
Lajurisprudencia precisa para el reconocimiento de la pensión de orfandad -tratándose de mayores de 18 años- que su discapacidad sea la propia de IPA, como
Laspensiones se han visto revalorizadas un 3,9% las mínimas y las no contributivas un 6,9%. Estos es lo que cobrarán los pensionistas en función de la
Parapersonas con 65 años o discapacidad del 65% o más: 783,10 euros mensuales y 10.963,40 euros anuales. Para personas de 60 a 64 años: 732,60 euros mensuales y 10.256,40 euros anuales. Para personas menores de 60 años: 593,30 euros mensuales y 8.306,20 euros anuales. Cuantías mínimas pensión de orfandad:
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pension de orfandad absoluta para discapacitados